IRPH en 2025

Fecha 12 de noviembre de 2025 Comentarios 0

Han pasado nueve meses desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 12 de diciembre de 2024 (C-300/23, Kutxabank), advirtiera que el carácter “oficial” de un índice hipotecario no garantiza por sí solo su transparencia ni su equidad. Y, sin embargo, el debate sobre el IRPH continúa abierto en España en el otoño de 2025, con resoluciones judiciales dispares y una espera creciente por la decisión del Tribunal Supremo, que deliberó en julio sobre varios recursos de casación y aún no ha hecho pública su resolución.

El IRPH, aunque figura entre los índices oficiales publicados en el BOE y es calculado por el Banco de España, presenta una estructura compleja y poco intuitiva. Su fórmula, basada en la media de los tipos aplicados por las propias entidades financieras, tiende a generar intereses más altos que el euríbor, lo que ha derivado en un sobrecoste sostenido para miles de hipotecados.

Durante años, las entidades se escudaron en la naturaleza oficial del índice para defender su uso. Sin embargo, el TJUE ha sido tajante: la publicación del IRPH no exonera a la entidad de su deber de información. Los bancos deben explicar de manera comprensible cómo se calcula el índice, cuál ha sido su evolución histórica y qué impacto económico puede tener en la hipoteca.

En otras palabras, la transparencia no se presume, debe acreditarse. Y no basta con la formalidad de un dato público; se exige transparencia material, esto es, que el consumidor entienda de verdad lo que está contratando.

El panorama judicial español de 2025 está marcado por la falta de uniformidad.

La consecuencia práctica es evidente: cada litigio depende de la prueba. Los jueces analizan caso por caso qué documentación se entregó, cómo se explicó el producto y si el consumidor pudo comprender el alcance de su decisión.

El argumento de “el IRPH es un índice oficial” ya no basta. Los tribunales exigen pedagogía bancaria, no simple cumplimiento formal.

Los datos siguen reforzando el malestar. En julio de 2025, el IRPH Entidades se situaba en torno al 2,75 %, frente al 2,08 % del euríbor a 12 meses. Aunque la diferencia es más estrecha que en años anteriores, la brecha continúa, y con ella, la sensación de agravio para quienes pagan mes a mes una cuota superior sin haber sido plenamente conscientes de ese sobrecoste.

Si el banco no advirtió expresamente al cliente de que vincular su préstamo al IRPH implicaba asumir un tipo de interés previsiblemente más alto, la cláusula pierde transparencia y puede ser declarada nula.

Más de un millón de hipotecas en España están referenciadas al IRPH. La inseguridad jurídica derivada de resoluciones contradictorias afecta tanto a consumidores como a las entidades financieras, erosionando la confianza en el sistema hipotecario.

El Tribunal Supremo tiene en sus manos más que la resolución de unos litigios: su futura sentencia será decisiva para unificar criterios, clarificar el alcance de la transparencia exigible y restaurar la seguridad en la contratación bancaria.

💬 Conclusión: transparencia como principio, no como excepción

El IRPH se mantiene en 2025 como uno de los mayores desafíos de la transparencia financiera.
La enseñanza que deja este debate es clara:

Mientras tanto, el mercado hipotecario sigue expectante. El fallo del Tribunal Supremo no solo marcará el futuro del IRPH, sino también la credibilidad del sistema financiero y la confianza del ciudadano en que su derecho a la información es algo más que una declaración de principios.

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