Ley de la Segunda Oportunidad

Fecha 27 de mayo de 2024 Comentarios 0

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha sentado un precedente importante al condonar una deuda de 7 millones de euros a un matrimonio canario afectado por la crisis financiera de 2008. Esta resolución, amparada en la Ley de la Segunda Oportunidad, supone una de las mayores exoneraciones registradas hasta la fecha bajo este marco legal.

La pareja, que había incurrido en obligaciones financieras en el contexto de su actividad como promotores inmobiliarios en Canarias, se enfrentaba a una deuda insostenible que incluía préstamos personales avalados y otras responsabilidades económicas. La crisis económica global de 2008 les llevó a una situación de insolvencia crítica, de la que hasta ahora no habían podido recuperarse.

Según el auto emitido por el tribunal, los deudores no se encontraban en “ninguna de las causas establecidas en la Ley Concursal que impiden obtener la exoneración”. Esto ha permitido que el matrimonio pueda reconstruir su vida sin la carga insostenible de una deuda que era imposible de saldar.

Marca un hito en la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad, una normativa diseñada para ofrecer un alivio legal a quienes enfrentan circunstancias económicas adversas fuera de su control.

La Ley de la Segunda Oportunidad, vigente en España desde 2015, está destinada a personas físicas que, debido a circunstancias excepcionales, se encuentran en una situación de insolvencia irreversible. Esta normativa permite que los deudores honestos puedan renegociar o incluso cancelar sus deudas tras cumplir ciertos requisitos, como demostrar buena fe y no haber cometido dolo o negligencia grave.

En este caso, el juzgado reconoció la buena fe del matrimonio y su esfuerzo por cumplir con las exigencias legales, lo que ha sido clave para lograr la exoneración total de su deuda.

Este caso reafirma el papel fundamental de la Ley de la Segunda Oportunidad como un mecanismo legal para promover la justicia social y económica en España.

Categorías: Bancario

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